
"Como no sabían que era imposible, lo hicieron".
Anónimo.
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL, POR LAS QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE LOS ALUMNOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA A LA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA EN EL AÑO ACADÉMICO 2015-2016.
Condiciones de acceso a la Formación Profesional Básica.
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica el próximo año académico
2015-2016 requerirá el
cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso.
- b) Haber cursado el tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria, o haber cursado cuarto siempre que se haya cursado tercero previamente.
- c) Haber propuesto el equipo docente a los padres o tutores legales la incorporación del alumno a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Tareas a realizar en este momento, a
partir de la segunda evaluación.
- a) Al comienzo del tercer trimestre del curso, el equipo de evaluación de cada grupo analizará la situación escolar de los alumnos, y determinará aquéllos para los que se considere la Formación Profesional Básica como la medida más adecuada para facilitarles la permanencia en el sistema educativo y ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional. Partiendo de este análisis se emitirá un informe-propuesta motivado conforme al modelo del Anexo 1, que se dirigirá a la Jefatura de Estudios.
- b) El jefe de estudios dará traslado de una copia del informe-propuesta al que se refiere el apartado anterior al departamento de orientación, que proporcionará al alumno la adecuada orientación académica y profesional.
- c) El director, o persona en quien delegue, asistido por el tutor y por el jefe del departamento de orientación, se reunirá con el alumno y con sus padres o tutores legales para informarles de las características generales de los ciclos de Formación Profesional Básica y de la propuesta de incorporación del alumno a los mismos, recogiéndose por escrito el documento de consentimiento de los padres o tutores legales, conforme al modelo del Anexo 2.
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