martes, 19 de mayo de 2015

Programas profesionales. Resolución de convocatoria de subvenciones.


Es martes 19 de mayo de 2015.  Mañana  20; San Bernardino, “Agua por San Bernardino no da pan y quita vino”…

"El que tiene un porqué puede con cualquier cómo"
Friedrich Nietzche.

Se ha publicado con fecha 14 de mayo, la resolución de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas profesionales

Concesión subvenciones. Orden 1299/2015, de 5 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas profesionales que se inicien en el curso 2014-2015 y se autoriza a impartir estos programas a las entidades subvencionadas y las adscribe a centros públicos.BOCM

Los Programas Profesionales pretenden:
  • Formar en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1
  • Favorecer la posibilidad de una inserción laboral satisfactoria
  • Ampliar la formación de los alumnos, en orden a la adquisición de las competencias y conocimientos propios de la enseñanza básica que les permitan participar en el trabajo y proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.
Sobre los requisitos de acceso:

1º. Respecto a la edad:
  • Tener 16 años cumplidos en el momento de incorporación al programa.
  • La edad máxima de permanencia será de 21 años para la modalidad especial y de 20 años para la modalidad general, cumplidos en el año natural en el que finalice el curso (2017 los Programas Profesionales de modalidad especial, y 2016 los Programas Profesionales de modalidad general).
Es decir, los solicitantes deben haber nacido entre los años 1996 y 1999.

2º. Respecto al nivel académico:
  • No tener título de Secundaria, ni haber superado los módulos obligatorios de un PCPI
3º. Contar con la conformidad de los padres/tutores

4º. Respecto al perfil del alumnado:

  • Modalidad General: jóvenes que no estuvieran escolarizados o con historial de absentismo acreditado, o que pertenezcan a población en desventaja por motivos de origen social, económico, cultural o étnico, tengan especiales dificultades de inserción laboral. Tendrán prioridad los jóvenes con un fuerte rechazo a la institución escolar, así como a jóvenes con medidas judiciales.
  • Modalidad Especial: alumnos cuyas necesidades educativas especiales están asociadas a condiciones personales de discapacidad tales que no permitan su integración en la Formación Profesional Básica.
La duración de los programas es de dos cursos en la modalidad especial (terminan en 2017), y de un curso en la modalidad general (terminan en 2016).
Los alumnos que al finalizar el programa no hayan alcanzado los objetivos previstos, podrán permanecer un curso más en el programa, teniendo en cuenta que la edad máxima de permanencia será de 21 años en la modalidad especial y de 20 en la modalidad general, cumplidos en el año de finalización del Programa.

1 comentario:

  1. Podríais indicarme cuales son los programas profesionales a los que se puede optar en la comunidad de Andalucía.

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